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Detalle

ISBN 978-612-322-142-3

Nuevo TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento concordados
aprobados por el Decreto Supremo N° 002-2019-EF y por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, respectivamente


Autor:Alvarez Pedroza, Alejandro, ok.
Álvarez Medina, Orlando...Ok.
Editorial:Instituto Pacífico S.A.C.
Materia:Contratos
Clasificación:Derecho
Público objetivo:Profesional / académico
Publicado:2019-04-15
Número de edición:1
Número de páginas:494
Tamaño:18x25cm.
Precio:S/100
Encuadernación:Tapa dura o cartoné
Soporte:Impreso
Idioma:Español

Reseña

Dentro del proceso de contratación regulado por el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, cualquier contrato incluye, bajo responsabilidad, entre otras cláusulas, la de anticorrupción. Conforme con lo establecido en los artículos 32 (32.3.) y 40 (40.6.) de la Ley, todos los contratos incorporan cláusulas anticorrupción, bajo sanción de nulidad. Dichas cláusulas, conforme al Reglamento tienen el siguiente contenido mínimo (138 – 138.4):
• La declaración y garantía del contratista de no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7, ofrecido, negociado o efectuado cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal con relación al contrato.
• La obligación del contratista de conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad, y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7.
• El compromiso del contratista de:
- comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y
- adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en estas cláusulas, durante la ejecución contractual, da el derecho a la entidad correspondiente a resolver automáticamente y de pleno derecho el contrato. Para tal efecto, solo basta que la entidad remita un comunicado que informe que se ha producido dicha resolución, sin perjuicio de las acciones civiles, penales y administrativas a que hubiera lugar.

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Av. De la Poesía 160 - San Borja / Tel. 5136900 - Anexo (7136 - 7135)

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