El contrato de trabajo presupone el establecimiento de una relación permanente y de naturaleza subordinada entre el empleador y el trabajador, en virtud de la cual el trabajador se obliga a prestar servicios al empleador de manera personal y directa a cambio de una remuneración. El contrato individual de trabajo puede celebrarse libremente por tiempo indeterminado o sujeto a modalidad en los casos que determine el TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. A fin de determinar cuándo corresponde el uso de estos contratos, la presente obra establecerá los requisitos y las causas que justifican cada contrato.