El tema elegido por la autora, como todo penalista de Europa y Latinoamérica sabe, no solo tiene un significado fundamental, sino que también es de especial actualidad. Dentro de los Estados miembros de la Unión Europea que rechazan la punibilidad de las personas jurídicas y otras asociaciones de personas se encuentran ya tan solo España, Alemania, Italia y Grecia. Pero también en estos países, especialmente en Italia y Alemania, en los últimos años se ha observado un cambio de pensamiento, no solo fundamentado en las diversas sugerencias de la Comisión Europea en Bruselas, que aconseja la responsabilidad criminal de las personas jurídicas, al menos para determinados campos del derecho penal. Como se sabe, la Comisión ha estado dispuesta a admitir de manera alternativa, bajo la presión de algunos Estados miembros,
una auténtica responsabilidad penal de las personas jurídicas o una sanción
penal-administrativa. La presión ejercida en dirección hacia una mayor
responsabilidad criminal para las asociaciones de personas es imposible de
desconocer, aun cuando la Comisión nombrada por el Ministerio Federal de
Justicia alemán para la reforma del sistema de sanciones sigue rechazando en
sus últimas decisiones aún no hechas públicas introducir la responsabili