La interpretación, del latín interpretari, es entendida semánticamente como aquella actividad humana orientada a desentrañar, explicar o declarar el sentido de una cosa, de un hecho. En cambio, negocialmente la interpretación es concebida como aquella actividad hermenéutica encaminada a normar y precisar los efectos de las declaraciones de voluntad, permitiéndonos conocer el significado jurídicamente relevante del esquema contractual. En este sentido, para el maestro italiano Emilio Betti la interpretación que interesa al derecho es una actividad dirigida a reconocer y a reconstruir el significado que ha de atribuirse a declaraciones o comportamientos que se desarrollan en el círculo social disciplinado por el derecho, en cuanto tengan relevancia jurídica.