Sobre el hostigamiento sexual en el trabajo, la OIT, en su convenio
190, establece que todo trabajador o trabajadora se encuentra protegido
ante el acoso u hostigamiento indistintamente de su situación
contractual. Es así como, mediante este convenio, se sientan las bases de
aplicación, principios además de las medidas de protección y prevención
respecto al hostigamiento sexual en el trabajo.