Los documentos del Concilio Vaticano II son los textos oficiales aprobados emanados por esta asamblea y promulgados por el papa Pablo VI, que contienen 16 documentos que pueden ser enseñanzas doctrinales y morales, normas jurídicas y propuestas de actuación para los fieles de la Iglesia católica. Pablo VI hizo una presentation resumida de cada documento conciliar. Son de tres tipos: Constituciones. Las cuatro constituciones conciliares aprobadas por los Padres del Concilio son los documentos de mayor envergadura, y que tratan acerca de los temas fundamentales que abordó el Concilio.
Decretos. Aunque el Concilio Vaticano II realizó una distinción entre «decretos» y «constituciones», no explicitó la diferencia. Por esa razón se llegó a argumentar que los decretos tendrían poca obligatoriedad doctrinal o que serían de relevancia «meramente pastoral o disciplicaria».2 Pero según Walter Kasper, no se puede argumentar una diferencia en la «obligatoriedad teológica» de los decretos y las constituciones, ya que el Concilio de Trento solo aprobó «decretos», algunos de los cuales alcanzaron máxima importancia teológica y carácter vinculante.2 Por ello, los decretos conciliares son documentos de trascendencia no menor que las constituciones. Tratan sobre principios doctrinales aplicables a ciertas actividades u organizaciones de la Iglesia Católica y tienen un fuerte valor teológico.
Declaraciones. El Concilio aprobó también tres declaraciones acerca de temas fundamentales para la vida católica. Deben interpretarse como opiniones acerca de la Iglesia en ciertos temas específicos. Éstas son: Dignitatis humanae (Acerca de la libertad religiosa) Gravissimum educationis (Acerca de la educación cristiana de la juventud) Nostra aetate (Acerca de la relación de la Iglesia con las religiones no cristianas)