En el tomo II, (folios 417 a 599), constan las conclusiones del promotor fiscal respecto a los hechos y la presunta responsabilidad penal de los implicados y la valoración de las testimoniales depuestas; asimismo, la ampliación de la acusación contra César Vallejo, pese a que no es sindicado por el Prefecto de Santiago de Chuco, ni lo señalan muchos testigos que atestiguaron, por el contrario, contra los otros procesados. Asimismo, obra la sentencia del Tribunal Correccional de fecha 21 de octubre de 1921 (folios 579 a 588 v.), donde en su considerando décimo se señala que está probada la presencia, pero no la participación en el delito imputado a los enjuiciados Manuel y César Vallejo, entre otros, destacando el tribunal que respecto a César Vallejo el fiscal interino en su dictamen ha retirado la acusación; por lo que lo absolvieron al enjuiciado en libertad César A. Vallejo, «acusado tan solo por los delitos de asonada y daños» (folio 588). También obra lo resuelto por la Corte Suprema sobre el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Fiscal, que declara nula la sentencia y mandaron se proceda a nueva audiencia.