En relación con este impuesto, nuestra legislación ha dividido a las rentas gravadas en cinco categorías, las cuales tienen como premisa, el sujeto que las percibe. Así, tenemos que las personas que desarrollan actividad empresarial generan rentas de tercera categoría, en tanto que las personas que no desarrollan actividad empresarial pueden generar rentas de capital (rentas de primera y segunda categoría) así como rentas del trabajo (rentas de cuarta y quinta categoría). Siendo así, cada una se sujeta a tasas distintas.
Cabe mencionar que cada parte desarrollada se encuentra concordada con la más variada y reciente jurisprudencia del Tribunal Fiscal, así como con los recientes criterios de la Administración Tributaria. Además de ello, se han adicionado variados casos prácticos parciales e integrales respecto de los temas tratados. Con ello, esperamos que la presente publicación constituya un material de consulta práctico, didáctico y útil para los profesionales y personas vinculadas al ámbito tributario.