Este libro demuestra que en el actual marco de tipificación contenido en la Ley N° 30057 y la Ley N° 31288, la responsabilidad administrativa disciplinaria no solo es la misma que la de orden funcional a cargo de la CGR, sino que además, bajo la propia jurisprudencia, se establece que la pretendida distinción del fundamento entre ambas instituciones para justificar la no infracción del ne bis in idem constituye un paralogismo interpretativo de bienes jurídicos o intereses derivado del sentido común del que procesa y juzga, mas no de la ley. Todo este análisis describe los errores metodológicos de la potestad sancionadora de la CGR.