Este trabajo se inicia con una explicación muy detallada vinculada a una primera decisión que toman los inversionistas extranjeros al venir al país, a saber, la de definir qué ‘vehículo’ es el más idóneo para realizar la inversión, una subsidiaria o filial, entendida esta como una nueva persona jurídica constituida por accionistas (empresas o personas na- turales) no residentes o una sucursal, entidad sin personalidad jurídica, que resulta legalmente una extensión de la personalidad jurídica de la empresa matriz extranjera. Los autores no se limitan a analizar las diferencias existentes en el tratamiento tributario de ambas opciones, y de las desventajas y ventajas tributarias de las mismas, sino que también cubren la importante diferencia existente en materia de la responsabilidad que asume la empresa o persona natural no residente que toma la decisión de invertir en nuestro país por las obligaciones asumidas por la subsidiaria y la sucursal.
En cuanto a la sucursal como supuesto de establecimiento perma- nente desde la perspectiva tributaria, los autores analizan el concepto clásico de establecimiento permanente que por muchos años tuvo nuestra legislación, así como el nuevo concepto incluido a partir del año 2019 en la propia Ley del Impuesto a la Renta, y que incluye supuestos anteriormente no regulados, como el denominado establecimiento per- manente de servicios o el establecimiento permanente de proyectos de construcción, que sin duda generarán debate sobre el momento en que se produce su configuración, las reglas que aplicarán para la atribución de sus resultados gravables a los mismos, las implicancias prácticas y legales respecto de su configuración (cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales tributarias), entre otros. Asimismo, los autores plantean el problema que se viene discutiendo hace varios años en la OCDE relativo al concepto de establecimiento permanente y la econo- mía digital, y los retos que para las Administraciones genera esta última.