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ISBN 978-612-49930-0-8

Nacer con útero:
efectos de la criminalización del aborto en el Perú


Autor:Cuba Varas, Lucero Carolina
Editorial:Proyecta Igualdad
Materia:Derechos de la mujer
Público objetivo:General
Publicado:2024-08-05
Número de edición:1
Tamaño:19.8Mb
Soporte:Digital
Formato:Pdf (.pdf)
Idioma:Español

Reseña

La criminalización del aborto en el Perú no solo se reduce a la persecución penal de las mujeres,
personas trans no binaries y transmasculinos que reciben condenas por el delito de aborto.
Cuando hablamos de criminalización del aborto, nos referimos a un fenómeno en el cual los
agentes de instituciones públicas y privadas atribuyen un carácter criminal a aquellas mujeres
y personas gestantes que atraviesan una interrupción del embarazo: es decir, el 19% de mujeres
en edad reproductiva (IOP-PUCP, 2019). La atribución del carácter criminal implica una
presunción de dolo o culpabilidad, la misma que genera que dichos agentes -públicos o privados-
actúen en persecución de las personas gestantes. Si bien el Código Penal peruano cataloga
como delito causar la interrupción de un embarazo (con excepción del aborto terapéutico),
cuando hablamos de criminalización del aborto, como exploramos en este estudio, se trata de
un conjunto de prácticas violentas y discriminatorias hacia las personas gestantes que viven
un aborto, independientemente de si causaron o no dicha interrupción del embarazo. Es así que
la criminalización atraviesa distintas dimensiones de la experiencia de las personas gestantes.
La Asociación Civil Proyecta Igualdad, por medio de su línea de acción por el derecho a decidir,
Justicia Verde, considera que la persecución -y por ende, la criminalización- es mucho más
amplia que su acepción formal. El criterio más extendido sobre qué significa criminalizar es que
implica necesariamente -o se limita a- la realización de actos formales o diligencias propias del
inicio de un proceso penal, tales como notificaciones en sede policial o fiscal, interrogatorios,
pericias o exámenes médicos, entre otros. La presente investigación considera, como punto de
partida, que la criminalización inicia con las acciones de persecución que ya implican la presunción
de dolo o culpabilidad de la persona gestante.
Dichas acciones vulneran el derecho a la presunción de inocencia y además suelen ser iniciadas
en establecimientos de salud, cuando la persona gestante acude a atenderse por una emergencia
obstétrica derivada de un aborto -independientemente de la causa de este último. Las
acciones de persecución pueden implicar el desvalor de la persona gestante al presumirse su
culpabilidad, dándole un orden de prioridad inferior al que amerita; la negativa a su atención; el
condicionamiento a atenderse solamente si se autoincrimina; la amenaza o amedrentamiento
de denunciar el hecho a las autoridades como consecuencia o incluso requisito de la atención,
entre otros hechos que deben ser considerados formas de violencia obstétrica. Es importante
mencionar que las distintas identidades que caracterizan a las personas atendidas tras abortar
pueden confluir y ser sistemáticamente vulneradas al no implementar servicios con enfoques
de género, de interculturalidad, de interseccionalidad o de derechos humanos. En este sentido,
factores como la edad; la identidad de género, étnica o racial; la nacionalidad o condición migratoria;
y la clase social son variables que determinaron afectaciones a mayor plazo o, incluso,
la pérdida de la vida de las personas atendidas.
Resumen ejecutivo
14 Nacer con útero: Efectos de la criminalización del aborto en el Perú
Los hallazgos de la investigación confirman que la criminalización del aborto en el Perú es un
fenómeno que se construye por la agencia de múltiples actores: personal de salud de establecimientos
públicos y privados; autoridades de la policía, Fiscalía y Poder Judicial; autoridades
de centros educativos; pareja y familiares; y agentes en centros laborales. Las mujeres y personas
gestantes pueden ser criminalizadas por uno de estos actores o por varios de ellos. Su
experiencia de criminalización puede durar las horas o días que se encuentran en el establecimiento
de salud, o puede llevar a un proceso de persecución penal de años que culmine en
una sentencia condenatoria. Además, las acciones de sanción social -que también son, en la
práctica, acciones de criminalización- pueden extenderse en el tiempo y hacia otros ámbitos,
como se podrá apreciar a lo largo de las entrevistas realizadas.
Cada año, más de 52 mil casos de aborto se atienden en establecimientos públicos de salud. De
ellos, casi 3 mil se tratan de casos de niñas y adolescentes. ¿Qué sucede en estas atenciones
médicas? Según los testimonios recabados, en la atención de casos de aborto se producen distintas
manifestaciones de violencia obstétrica y de estigmatización. Así, la criminalización del
aborto es ejercida en buena medida por el personal de salud (médicos/as, enfermeras/os, entre
otros), quienes cuestionan y juzgan a las mujeres y personas gestantes; así como amenazan
con denunciarlas ante las autoridades o, efectivamente, haciéndolo, amparándose, y usando
de pretexto el artículo 30 de la Ley General de Salud por sobre los derechos fundamentales a la
salud, la confidencialidad de la atención y el secreto profesional. Los hallazgos verifican, entonces,
que la persecución penal se inicia principalmente en el establecimiento de salud (EESS).
En cuanto a la persecución penal, cada año se reportan más de 184 casos de denuncias policiales
por aborto, y más de 633 casos de investigaciones fiscales, lo que evidencia que la persecución
penal del aborto es una realidad cotidiana. Lo más impactante es que se siguen iniciando
investigaciones en casos de aborto terapéutico, el cual es un tipo de aborto no punible. Algunas
de las manifestaciones más duras en que se expresa la criminalización son los interrogatorios
por parte de personal de la PNP o del MPFN en los establecimientos públicos de salud. Se ha reportado
que se llega al extremo de obligar a la paciente a mirar al feto durante el interrogatorio
buscando una supuesta “confesión”.
La criminalización puede tener efectos mortales, como en el caso de Diana A. (Ascarza, L. 2021).
Los testimonios que hemos recogido son de mujeres y personas gestantes que han sobrevivido
a la experiencia, pero que han sido afectadas a nivel de su salud física y mental, llegando a cuadros
de depresión, ansiedad, ideación suicida y tentativa de suicidio. Asimismo, la afectación ha
ocurrido a nivel del ámbito familiar e interpersonal, a nivel económico, en el entorno educativo
y laboral.
Realizar este estudio no ha sido sencillo. El contexto de criminalización influye en la disposición
de las personas para compartir sus historias. Ante ello, se tomaron medidas estrictas de confidencialidad.
Además, este estudio no ha indagado en las circunstancias específicas en que
ocurrió la interrupción del embarazo, sino en cómo los distintos actores e instituciones respondieron
ante ello. En algunos casos, la estigmatización en el entorno es tanta que algunas de las
participantes hablaron de su experiencia, por primera vez y en voz alta, durante la entrevista
con el equipo investigador. A todas ellas y elles les agradecemos por su valentía y por permitirnos
mostrar una realidad tremendamente injusta y que requiere ser remediada cuanto antes.

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