La discusión actual gira en torno al origen, legitimidad, contenido, sus instituciones y, también, sus efectos jurídicos sobre las últimas décadas2. Nosotros sostenemos que la Constitución de 1993, en medio de las impugnaciones sobre su contenido, adquirió legalidad ratificatoria de origen, pues el propio Tribunal Constitucional zanjó que las diversas alternativas propuestas debían sustentarse necesariamente en sus artículos señalando que el camino para su reforma o cambio integral partía de sus propias instituciones, ello a través de la sentencia de la STC Exp. N.º 0014-2002-AI/TC, el cual dio alcances y limites al camino reformista.