Resulta una labor de primer orden científico volcar todo un desarrollo conceptual sobre las instituciones fundamentales tanto del Derecho penal como del Derecho procesal penal a partir de un punto de vista doctrinario y jurisprudencial; así escudriñando su naturaleza jurídica,
que solo puede provenir de la pluma del doctrinario, del dogmático
como de los diversos criterios interpretativos asumidos de parte de los altos tribunales de justicia, sea a través de Acuerdos Plenarios, Precedentes Vinculantes, doctrina jurisprudencial vinculante en Casaciones acorde al texto intra-normativo del CPP del 2004. Lógicamente, que una cosa es interpretar la norma desde un punto de vista científico (dogmático) y otra la de articular un concepto, que sin embargo en ciertos casos, pueden advertir una zona fronteriza difícil de identificar.