Desde sus primeras páginas, el autor concibe al juicio oral como la etapa
estelar del proceso penal, pues en ella se decide si la acusación fiscal logra o no destruir la presunción de inocencia. No se trata de un simple acto formal ni de una continuación mecánica de la investigación preparatoria; se trata del escenario donde se actúa, controla, contradice y valora la prueba bajo las reglas de la sana crítica, la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicos.
En esa línea, el texto destaca que la sentencia condenatoria solo puede sostenerse cuando el juzgador alcanza certeza más allá de toda duda razonable sobre la existencia del delito y la responsabilidad penal del acusado.