Este 2022, se dio la entrada en vigencia de la SENTENCIA A.P. 29126-2018. Con esta Sentencia se eliminaron de la normativa disposiciones
del Reglamento de la Ley de Consulta Previa peruana que permitían que las medidas vinculadas a servicios públicos (como carreteras, hidrovías,
líneas de transmisión eléctrica, entre otros) sean exceptuadas del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas.
Esta importante Sentencia es resultado del proceso impulsado por las organizaciones indígenas Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), Organización Nacional de Mujeres Indígenas
Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP) y Confederación Nacional Agraria (CNA), entre otras, con la asesoría legal del Instituto IDLADS y el apoyo de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR).